Resolución N° 250/18/0111
Nro de Expediente:
2018-3360-98-000146
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/12/2018


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 2 (unidades reajustables dos), a la empresa CINQUE TERRE S.A., R.U.T. 21 163384 0015

Montevideo, 17 de Diciembre de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de limpieza y desmalezamiento del padrón No. 39.082, sito en la calle Yugoeslavia No. 973, esquina Carlos María de Pena, del cual es propietario la empresa CINQUE TERRE S.A., R.U.T. 21 163384 0015, con domicilio a efectos legales en la calle Libertad No. 2479;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 intimó a la empresa a acondicionar el predio de su propiedad, bajo apercibimiento en caso de omisión, de las sanciones correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 2 al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 4º, literal B, Numeral 1º, Sección III, del Decreto 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 2 (unidades reajustables dos), a la empresa CINQUE TERRE S.A., R.U.T. 21 163384 0015, responsable del padrón No. 39.082, sito en la calle Yugoeslavia No. 973, con domicilio a efectos legales en la calle Libertad No. 2479, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 a efectos de notificar a la empresa infractora.-
Nelson Moreira,Alcalde (I) - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A