Resolución N° 67/17/0111
Nro de Expediente:
2016-3390-98-000393
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/2/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.5 (unidades reajustables cinco), a la empresa unipersonal Simón Ernesto Ocampo Ustre, C.I. 1.459.887-9, R.U.T. 21 055411 0016

Montevideo, 17 de Febrero de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a almacén, sito en la Calle Grecia No. 3804, propiedad de la empresa unipersonal Simón Ernesto Ocampo Ustre, C.I. 1.459.887-9, R.U.T. 21 055411 0016, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 17, se comprobó que el establecimiento carece de habilitación correspondiente a la Dirección Nacional de Bomberos, intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 5 al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3º, numeral 20, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO:1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R.5 (unidades reajustables cinco), a la empresa unipersonal Simón Ernesto Ocampo Ustre, C.I. 1.459.887-9, R.U.T. 21 055411 0016, titular del establecimiento destinado a almacén, sito en la Calle Grecia No. 3804, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 17 efectos de notificar al infractor.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A