Resolución N° 93/15/0111
Nro de Expediente:
3410-000183-13
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/4/2015


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 1 (unidades reajustables una), a la Sra. Elsa Dubra Díaz, C.I. 808.645-4, y el Sr. Álvaro Díaz Maynard, C.I. 708.245-7, propietarios del padrón No. 192621

Montevideo, 7 de Abril de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de higiene del predio empadronado con el No. 192621, ubicado en la calle Liga Federal No. 1712, propiedad de la Sra. Elsa Dubra Díaz, C.I. 808.645-4, y el Sr. Álvaro Díaz Maynard, C.I. 708.245-7, con domicilio a los efectos legales en Camino Cibils No.6250 bis, y Juan Benito Blanco No.747 Apto.302, respectivamente;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal No. 18 surge que el padrón No. 192621 carece de limpieza del predio;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R.1 a los titulares de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 4, literal B,
        Numeral 17 del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;

        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 1 (unidades reajustables una), a la Sra. Elsa Dubra Díaz, C.I. 808.645-4, y el Sr. Álvaro Díaz Maynard, C.I. 708.245-7, propietarios del padrón No. 192621, con domicilio a los efectos legales en Camino Cibils No.6250 bis, y Juan Benito Blanco No.747 Apto.302, respectivamente, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 18 para notificación al infractor y demás efectos
Lilián Piña,Alcaldesa Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A