Resolución N° 99/14/0111
Nro de Expediente:
3360-000825-11
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/5/2014


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez), por tercera reincidencia, a la empresa SOLFY S.A., R.U.T. 21 155214 0013, propietario del predio ubicado sobre la calle Julián Laguna S/N, lindero al Nº 5836.-

Montevideo, 7 de Mayo de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de limpieza de las cunetas del predio ubicado sobre la calle Julián Laguna S/N, lindero al Nº 5836 , propiedad de la empresa SOLFY S.A., R.U.T. 21 155214 0013, domicilio constituido a los efectos legales en la Avenida Millán No.5340;
        RESULTANDO: 1o.) que el 19 de noviembre de 2010 se intimó a la empresa SOLFY S.A. a la limpieza de las cunetas del predio de su propiedad y de inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 surge que continúa sin darse cumplimiento a lo intimado;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 en carácter de tercera reincidencia, a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 3º del Decreto No. 33044, y Artículo 22, Sección XIII, del Decreto 21626;
        3o.) que se aplicó multa por Resoluciones del Gobierno Municipal A Nos.: 85/11/0111 del 19/VII/11, 55/12/011 del 12/III/12, y su modificativa 89/12/0111 del 11/VI/12, y 257/13/0111 del 25/X/14;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez), en carácter de tercera reincidencia, a la empresa SOLFY S.A., R.U.T. 21 155214 0013, propietario del predio ubicado sobre la calle Julián Laguna S/N, lindero al Nº 5836, por las razones mencionadas en la parte expositiva de a presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A