Resolución N° 17/16/0111
Nro de Expediente:
3360-004873-13
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/2/2016


Tema:
MULTA SALIENTE DESMONTABLE

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 16 (unidades reajustables dieciséis), en carácter de segunda reincidencia, a farmacia SACOA, empresa DEGAJO S.R.L., R.U.T. 21 657515 0016,

Montevideo, 23 de Febrero de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionados con la saliente desmontable instalada en la fachada en el establecimiento sito en Av. Agraciada No. 4089, padrón No.41104, responsabilidad farmacia SACOA, empresa DEGAJO S.R.L., R.U.T. 21 657515 0016, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14, informa que pese al tiempo transcurrido y a los plazos concedidos, no se procedió a ajustar la marquesina a los gráficos presentados o retirar la existente;
        2o.) que se aplicó multa por dicho motivo a través de la Resolución No. 212/14/0111 del 23 de agosto de 2014;
        3o.) que se aplicó multa por dicho motivo a través de la Resolución No. 139/15/0111 del 28 de mayo de 2015;
        4o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14, solicita aplicar una multa de U.R. 16, en carácter de segunda reincidencia, por infracción a lo establecido en la Sección II, Art. 3º, numeral 16 del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en Unidades Reajustables el monto de la multa que se aplica, por transgredir las ordenanzas Departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO A
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 16 (unidades reajustables dieciséis), en carácter de segunda reincidencia, a farmacia SACOA, empresa DEGAJO S.R.L., R.U.T. 21 657515 0016, responsable del establecimiento sito en Av. Agraciada No. 4089, padrón No.41104, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para la notificación a la empresa infractora y demas efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A