Resolución N° 79/14/0111
Nro de Expediente:
3360-000711-13
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/4/2014


Tema:
MULTA POR FALTA DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) , a el Sr. Fernando Gelezoglo Lago, C.I.1.762.735-2, responsable de la finca ubicada en Montero Vidaurreta No. 310

Montevideo, 21 de Abril de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con irregularidades constatadas en la finca sita en la calle Montero Vidaurreta Nº 310, del cual es responsable el Sr. Fernando Gelezoglo Lago, C.I.1.762.735-2, con domicilio a efectos legales en la Calle Gregorio Camino Nº 210;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspecciones realizadas por el Servicio CCZ 14 se comprobó que existen filtraciones de agua que comprometen las condiciones de habitabilidad, de la vivienda ubicada en la Calle Montero Vidaurreta No. 308;
        2o.) que se intimó al Sr. Fernando Gelezoglo Lago a realizar los trabajos necesarios en la finca a fin de evitar el pasaje de humedades a la vivienda afectada;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 al Sr. Fernando Gelezoglo Lago, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 12, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) , a el Sr. Fernando Gelezoglo Lago, C.I.1.762.735-2, responsable de la finca ubicada en Montero Vidaurreta No. 310, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A