Resolución N° 46/16/0111
Nro de Expediente:
3360-009293-14
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/4/2016


Tema:
MULTA OCUPACION DE VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.4 (unidades reajustables cuatro), en carácter de segunda reincidencia, al Sr. Isaac Tajes, C.I. 1.156.373-6, responsable de la vereda frente a la vivienda sita en Yugoeslavia No. 457

Montevideo, 4 de Abril de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la ocupación de la vereda frente a la vivienda sita en Yugoeslavia No. 457, de la cual es responsable el Sr. Isaac Tajes, C.I. 1.156.373-6, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 con fecha 5 de enero de 2016, intimó al responsable a retirar materiales de la vereda frentista al predio de su responsabilidad bajo apercibimiento en caso de omisión, de las sanciones correspondientes, sin que se cumpliera con lo solicitado;
        2o.) que se aplicó multa por este motivo a través de la Resolución No.74/15/0111;
        3o.) que se aplicó multa por este motivo en carácter de primera reincidencia a través de la Resolución No. 242/15/0111 del 11 de setiembre de 2015;
        4o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 4, en carácter de segunda reincidencia, al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 53 del Digesto Departamental No. 19023, recogido en el Artículo V del Digesto Municipal, y el Artículo 12, literal B, y
        Artículo 22, Sección XIII del Decreto 21626;

        CONSIDERANDO:1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R.4 (unidades reajustables cuatro), en carácter de segunda reincidencia, al Sr. Isaac Tajes, C.I. 1.156.373-6, responsable de la vereda frente a la vivienda sita en Yugoeslavia No. 457, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A