Resolución N° 8/20/0111
Nro de Expediente:
2016-3360-98-000318
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/1/2020


Tema:
DEJAR SIN EFECTO MULTA

Resumen:
Dejar sin efecto la Resolución No. 170/18/0111 de fecha 14 de agosto de 2018

Montevideo, 10 de Enero de 2020.-
 
        VISTO: la Resolución No. 170/18/0111 de fecha 14 de agosto de 2018;
        RESULTANDO: 1o.) una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte), a la empresa unipersonal Fabiana Silva, C.I. 3.607.069-7, R.U.T. 21 506822 0015, responsable del establecimiento destinado a Venta de Aberturas, sito en la Av. Agraciada No. 4026, por carecer de Habilitaciones Municipales;
        2o.) que de acuerdo a lo informado por la Abogada Asesora en la actuación No. 58 del expediente 2016-3360-98-000318, corresponde dejar sin efecto la multa;
        3o.) que el fin de la aplicación de multas es coercitivo y no recaudatorio,
        4o.) que el Gobierno Municipal, entiende pertinente dejar sin efecto la multa;
        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE
        1. Dejar sin efecto la Resolución No. 170/18/0111 de fecha 14 de agosto de 2018, de acuerdo a lo expresado en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2. Comuníquese al Sector Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 a efectos de notificar a la empresa unipersonal Fabiana Silva.-
Gabriel Otero,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A