Resolución N° 42/21/0111
Nro de Expediente:
2017-4360-98-000887
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/3/2021


Tema:
MULTA VERTIMIENTO AGUAS SERVIDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15 (unidades reajustables quince), en carácter de primer reincidencia, al Sr. Hugo Fleitas, C.I. 1.452.157-9,

Montevideo, 12 de Marzo de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el vertimiento de aguas servidas a la finca lindera del padrón No. 42.563, sito en Calle 3 No. 048, del cual es responsable el Sr. Hugo Fleitas, C.I. 1.452.157-9, con igual domicilio a efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por la Brigada Inspectiva del Servicio de Salubridad Pública y del Servicio Centro Comunal Zonal No. 18, se constató el vertimiento de aguas servidas a la finca lindera sito en Calle 3 No. 048 bis;
        2o.) que se intimó al responsable de la finca a realizar las reparaciones necesaria para el cese de vertimiento de aguas servidas a la finca lindera;
        3o.) que se aplicó multa por este motivo a través de la Resolución No. 19/19/0111 del 14/II/2019;
        4o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere la aplicación de una multa de U.R. 15, al responsable de la finca conforme lo dispone el Digesto Municipal en el Artículo 3) Edificación y Urbanismo, Numeral 14) Obras Sanitarias, Sección II, y Art. 22, Sección XIII del Decreto 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 15 (unidades reajustables quince), en carácter de primer reincidencia, al Sr. Hugo Fleitas, C.I. 1.452.157-9, responsable de la finca ubicada en Calle 3 No. 048, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente, y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 18 para notificar al infractor.-
Jorge Meroni,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A