Resolución N° 133/16/0115
Nro de Expediente:
2016-3322-98-000024
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/12/2016


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 1 U.R. a la Sra. Carmen Beatriz Vola Visintín, C.I. Nº 3.730.858-2, con domicilio en la calle Ceres Nº 4191, por falta de higiene del predio Padrón Nº 419.525.-

Montevideo, 7 de Diciembre de 2016.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la falta de higiene en el predio Padrón Nº 419.525, sito con frente a la calle Osvaldo Rodríguez;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Escribanía informa que la titular del predio es la Sra. Carmen Beatriz Vola Visintín, C.I. Nº 3.730.858-2, con domicilio en la calle Ceres Nº 4191;
        2º) que la propietaria fue intimada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10 a realizar limpieza total y permanente, sin que se haya cumplido con lo solicitado y ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere, la aplicación de una multa de 1 U.R. según lo que establece el Art. 4º, inciso B, numeral 1 del Decreto Nº 21.626 de fecha 23 de abril de 1984 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución Nº 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por mayoría entiende que corresponde la aplicación de la sanción, con el voto en contra de los Concejales Carolina Murphy y Néstor Paipo;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las



        competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 1 U.R. (una unidad reajustable) a la Sra. Carmen Beatriz Vola Visintín, C.I. Nº 3.730.858-2, con domicilio en la calle Ceres Nº 4191, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

ALEJANDRO ANTONELLI,Concejal Municipal