Resolución N° 9/16/0113 | Nro de Expediente:
3240-015879-15 |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
27/1/2016 |
Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS
Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3 y UR 5 Karen González, C.I.: 3.414.684-6, venta de frutas y verduras, sito en Martín Fierro Nº 2408
Montevideo, 27 de Enero de 2016.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a venta de frutas y verduras, sito en Martín Fierro Nº 2408, propiedad de la firma unipersonal Karen González, C.I.: 3.414.684-6, con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales, (Servicio de Regulación Alimentaria y Declaración Jurada-Microempresa) y de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándose a presentar en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de UR 3 y UR 5, a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE: 1.- Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) y UR 5 (Unidades Reajustables cinco) a la firma unipersonal Karen González, C.I.: 3.414.684-6, RUT 217568740014, responsable del establecimiento destinado a venta de frutas y verduras, sito en Martín Fierro Nº 2408, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, las que deberán ser abonadas en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar testimonio y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.- |
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Rodrigo Arcamone,Alcalde.-
Jorge Cabrera,Concejal | |
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