Resolución N° 79/16/0113 | Nro de Expediente:
3240-002288-15 |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
30/3/2016 |
Tema:
MULTAS VEREDAS
Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 Ma. Esther Armatchi, C.I.: 893.093-6, vereda Dr. Melian Lafinur Nº 2112 (padrón 171017) y con domicilio legal en la calle Emilio Romero Nº 137 bis
Montevideo, 30 de Marzo de 2016.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de mantenimiento de la vereda de la calle Dr. Melian Lafinur Nº 2112 (padrón 171017), responsabilidad de la señora con domicilio a los efectos legales en Emilio Romero Nº 137 bis ;
RESULTANDO: 1º) que en la inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se comprobó el mal estado de la vereda;
2º) que pese a los plazos concedidos y ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 5, al titular de obrados, por infracción a lo establecido en el Digesto Departamental art. D.2213, inc. A;
CONSIDERANDO:1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE: 1.- Aplicar una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) a la señora Ma. Esther Armatchi, C.I.: 893.093-6, responsable de la vereda de la calle Dr. Melian Lafinur Nº 2112 (padrón 171017) y con domicilio legal en la calle Emilio Romero Nº 137 bis, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.- |
|
|
|
|
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-
Jorge Cabrera,Concejal | |
| |