Resolución N° 18/19/0113 | Nro de Expediente:
2019-3380-98-000008.- |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
30/1/2019 |
Tema:
MULTA HABILITACIONES
Resumen:
Aplicar una multa de UR 15 a la firma Automotriz Franco Uruguaya S.A., RUT: 211452010010 (destinado a Taller Mecánico) , sito en la calle Cesar Díaz Nº 1210/16, por falta de Habilitación Municipal (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales) - expediente: 2019-3380-98-000008.-
Montevideo, 30 de Enero de 2019.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Taller Mecánico, sito en la calle Cesar Díaz Nº 1210/16, propiedad de la firma Automotriz Franco Uruguaya S.A., RUT: 211452010010, con igual domicilio a los efectos legales ;
RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la sanción aplicada (resolución Nº 238/17/0113 de fecha 15/XI/2017), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local- Habilitación Municipal (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales- Primera Reincidencia);
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de UR 15 (Unidades Reajustables quince), a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que por expediente 2016-3380-98-000418, se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previa al dictado de la resolución de multa;
2º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
3º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10; EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE: 1.- Aplicar a la firma Automotriz Franco Uruguaya S.A., RUT: 211452010010, responsable del establecimiento destinado a Taller Mecánico, sito en la calle Cesar Díaz Nº 1210/16, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de UR 15 (Unidades Reajustables quince) por falta de Habilitación Municipal (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales- Primera Reincidencia) y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.- |
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Susana Rodriguez,Alcaldesa.-
Jorge Cabrera,Concejal | |
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