Resolución N° 386/15/0113
Nro de Expediente:
3240-017068-13
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/9/2015


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.15 PANIFICADORA CIBELES S.R.L., R.U.T.: 212509010012, panadería, sito en Av. Dr. Luis A. de Herrera Nº 3444

Montevideo, 30 de Setiembre de 2015.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de habilitación del establecimiento destinado a panadería, sito en Av. Dr. Luis A. de Herrera Nº 3444, propiedad de la firma PANIFICADORA CIBELES S.R.L., R.U.T.: 212509010012, con igual domicilio a efectos legales;
    RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, informa que presentada la solicitud de habilitación del local, con fecha 15/XIII/2014 el Arquitecto Inspector solicita "levantar observaciones", en caso de incumplimiento se solicita imponer una multa de U.R.15, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sec. XIII, Art. 14, Inc. A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R.15 (Unidades Reajustables quince) a la firma PANIFICADORA CIBELES S.R.L., R.U.T.: 212509010012, responsable del establecimiento destinado a panadería, sito en Av. Dr. Luis A. de Herrera Nº 3444, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.-Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la firma infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal