Resolución N° 282/16/0113
Nro de Expediente:
3240-009381-13; 2013-3240-98-000089
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/12/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 13 y U.R. 20 SUALDIR S.A., R.U.T.: 214657450017, supermercado, Bvar. Artigas Nº 2356 SEGUNDA REINCIDENCIA

Montevideo, 21 de Diciembre de 2016.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a supermercado, sito en Bvar. Artigas Nº 2356, propiedad de la firma SUALDIR S.A., R.U.T.: 214657450017, con igual domicilio a efectos legales;

RESULTANDO: 1º.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la sanciones aplicadas (Resoluciones Nº 395/13/0113 de fecha 19/XI/2013 y 25/16/0113 de fecha 27/I/2016), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, habilitación municipal (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sec. Locales Industriales) y la Dirección Nacional de Bomberos, (Segunda Reincidencia);
CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de U.R. 13 (unidades reajustables trece) y otra de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) a la firma SUALDIR S.A., R.U.T.: 214657450017, responsable del establecimiento destinado a supermercado, sito en Bvar. Artigas Nº 2356, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio, para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal