Resolución N° 176/23/0113
Nro de Expediente:
2023-3380-98-000228.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/9/2023


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) al Sr. Bruno Flores, titular del documento de identidad Nº 4.766.171-8, con domicilio a los efectos legales en Fernando Otorgués Nº 1248, responsable de la instalación de entarimado sin autorización en la acera frentista al Padrón Nº 55960.-

Montevideo, 27 de Setiembre de 2023.-
 

    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con instalación de entarimado sin autorización frente al Padrón Nº 55960 sito en la calle Fernando Otorgués Nº 1248, responsabilidad del Sr. Bruno Flores, titular del documento de identidad Nº 4.766.171-8 con igual domicilio a los efectos legales;
    RESULTANDO: 1º) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, se comprobó la construcción de entarimado en el espacio público con ocupación de acera y calzada sin la autorización correspondiente, por lo cual se intimó al responsable al retiro de dicha estructura metálica;
    2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 solicita la aplicación al titular de obrados de una multa de U.R. 54 (Unidades Reajustables cincuenta y cuatro) por el incumplimiento a lo intimado y no acreditar el permiso correspondiente, de acuerdo a lo previsto en la Resolución Municipal Nº 4890/11, Decretos Nros. 32082 y 21626 y Artículo 2346.10 del Digesto Departamental;
    3º) que la Oficina del Área Patrimonial del Prado informó que en su ámbito de competencia - protección patrimonial- no existen elementos para generar objeciones dado que la presencia del entarimado no presenta elementos que deterioren el espacio público, ni generen impactos negativos a considerar;
    4º) que en virtud de lo expuesto, el Gobierno Municipal en sesión de fecha 20 de setiembre de 2023 resolvió pertinente la aplicación de una multa que asciende al monto de U.R 10 (Unidades Reajustables Diez) de acuerdo a la normativa vigente;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) que por Resoluciones Nros. 3642/10, de 9 de agosto de 2010 y 3797/10, de 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) al Sr. Bruno Flores, titular del documento de identidad Nº 4.766.171-8, con domicilio a los efectos legales en Fernando Otorgués Nº 1248, responsable de la instalación de entarimado sin autorización en la acera frentista al Padrón Nº 55960, por los motivos expuestos en la presente Resolución.-
    2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
    3.-Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 a los efectos estime pertinentes.-
Jorge Cabrera,Alcalde .-

Margarita Castro,Concejala