Resolución N° 52/15/0113
Nro de Expediente:
3240-001441-15
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/2/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.10 (Primera Reincidencia), a la firma LABIWEL S.A., R.U.T.:215054660018

Montevideo, 25 de Febrero de 2015.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a chacinería, sito en la calle Domingo Aramburú Nº 2023, propiedad de la firma unipersonal LABIWEL S.A., R.U.T.:215054660018, con igual domicilio a efectos legales;
    RESULTANDO: 1º.) que según surge de las mismas, pesa a los plazos concedidos y a la sanción aplicada (Resolución Nº 80/14/0113 de fecha 02 de abril de 2014), no se ha precedió a presentar la documentación municipal habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Servicio de Contralor de Edificaciones - Locales Industriales, Servicio de Regulación Alimentaria y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas), (Primera Reincidencia);
    2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R.10, a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R.10 (Unidades Reajustables diez), a la firma LABIWEL S.A., R.U.T.:215054660018, responsable del establecimiento destinado a chacinería, sito en la calle Domingo Aramburú Nº 2023, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
    3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Horacio Pérez Sotelo,Alcalde.-

Silvia Charlier,Concejal