Resolución N° 387/15/0113
Nro de Expediente:
3240-001237-15
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/9/2015


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15 Gerardo Bentancor González, C.I.: 3.939.132-3 y Rodolfo Alberto Mariño Araujo, C.I.: 3.090.243-6, bar, Batoví Nº 2342,

Montevideo, 30 de Setiembre de 2015.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a bar, sito en la calle Batoví Nº 2342, perteneciente a la sociedad de hecho Gerardo Bentancor González, C.I.: 3.939.132-3 y Rodolfo Alberto Mariño Araujo, C.I.: 3.090.243-6, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que en relevamiento realizado por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se pudo comprobar que carecía de la habilitación para la instalación de mesas y sillas en la vía pública, intimándose a presentarla en un plazo de 5 (cinco) días en el mencionado Servicio;
      2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 15, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 32.082, modificativo del 32.707 y la Res. 5456/08 de 08/XII/2008 y Decreto Nº 21.626, Sec XIII, Arts. 21 y 22;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la sociedad de hecho Gerardo Bentancor González, C.I.: 3.939.132-3 y Rodolfo Alberto Mariño Araujo, C.I.: 3.090.243-6, responsable del establecimiento destinado a bar, sito en la calle Batoví Nº 2342, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad de Multas - Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal