Resolución N° 506/12/0113
Nro de Expediente:
3380-008879-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/11/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Evaristo Ciganda Nº 1239, propiedad de la Firma Taller Ciganda S.R.L., RUT: 216246050011, aplicación de una multa de U.R. 9.7164, y otra de U.R. 14.841, primera reincidencia.

Montevideo, 21 de Noviembre de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a taller de chapa y pintura, sito en la calle Evaristo Ciganda Nº 1239, propiedad de la Firma Taller Ciganda S.R.L., RUT: 216246050011, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución Nº 187/12/0113 de fecha 27/VI/2012), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, habilitaciones municipales (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sección Locales Industriales) y de la Dirección Nacional de Bomberos (Primera Reincidencia) ;
      2o.) que ante el incumplimiento parcial de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 9.7164, y otra de U.R. 14.841, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las facultades oportunamente delegadas;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 9.7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas), y otra de U.R. 14.841 (Unidades Reajustables catarce con ochocientos cuarenta y uno diezmilésimas) a la Firma Taller Ciganda S.R.L., RUT: 216246050011, responsable del establecimiento destinado a taller de


      chapa y pintura, sito en la calle Evaristo Ciganda Nº 1239, con igual domicilio a efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y notificar a la firma infractora y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº16.
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez Sotelo,Concejal