Resolución N° 65/15/0113
Nro de Expediente:
3240-001682-15
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/2/2015


Tema:
MULTA POR BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R 10 Claudia Varela, C.I.: 2.856.170-5,mecánico y estacionamiento, sito en la calle Domingo Aramburú Nº 2022,

Montevideo, 25 de Febrero de 2015.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a taller mecánico y estacionamiento, sito en la calle Domingo Aramburú Nº 2022, propiedad de la firma unipersonal Claudia Varela, C.I.: 2.856.170-5, con igual domicilio a efectos legales;
    RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, informa que el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, solicita imponer una multa de U.R 10, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R 10 (Unidades Reajustables diez), a la firma unipersonal Claudia Varela, C.I.: 2.856.170-5, responsable del establecimiento destinado a taller mecánico y estacionamiento, sito en la calle Domingo Aramburú Nº 2022, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
    3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio, para notificar a la firma infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 .
Horacio Pérez Sotelo,Alcalde.-

Silvia Charlier,Concejal