Resolución N° 94/16/0113
Nro de Expediente:
3370-001672-16
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/4/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 MULTI CUATRO S.A., R.U.T.: 211728030010, supermercado, sito en Av. Costanera Felipe Carapé Nº 4478

Montevideo, 13 de Abril de 2016.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado supermercado, sito en Av. Costanera Felipe Carapé Nº 4478, propiedad de la firma MULTI CUATRO S.A., R.U.T.: 211728030010, con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1º.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15, se pudo comprobar que carecía de la habilitación municipal (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas), intimándose a presentar en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondiente;
2º.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma MULTI CUATRO S.A., R.U.T.: 211728030010, responsable del establecimiento destinado supermercado, sito en Av. Costanera Felipe Carapé Nº 4478, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15, para notificar a la empresa infractora y al Sector Despacho de este Municipio, para librar el testimonio correspondiente.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal