Resolución N° 169/12/0113
Nro de Expediente:
3240-005572-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/6/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19.4328, a la unipersonal Vicente Muro C.I.: 2.010.550-3, RUT: 213946690019, establecimiento destinado a taller electromecánico, sito en la calle Chiavari Nº 2973 (SEGUNDA REINCIDENCIA).

Montevideo, 8 de Junio de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones, relacionadas con el establecimiento destinado a taller electromecánico, sito en la calle Chiavari Nº 2973, propiedad de unipersonal Vicente Muro C.I.: 2.010.550-3, RUT: 213946690019, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que en inspección realiza por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución 721/08/1000 de fecha 12/XII/2008 y 265/11/0113 de fecha 26/IX/2011), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local Habilitación Municipal (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sec. Locales Industriales e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) ;
        2o) que el citado Servicio, sugiere la aplicación de una multa de U.R. 19.4328, a la firma de obrados por infracción al Decreto No. 21.626 del 23/IV/84, (2ª Reincidencia);
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 19.4328 (Unidades Reajustables diecinueve con cuatro mil trescientos veintiocho diezmilésimas), a la unipersonal

        Vicente Muro C.I.: 2.010.550-3, RUT: 213946690019, propietario del establecimiento destinado a taller electromecánico, sito en la calle Chiavari Nº 2973, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 3.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal