Resolución N° 285/17/0113 | Nro de Expediente:
2017-3370-98-000473.- |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
20/12/2017 |
Tema:
MULTA HABILITACIONES
Resumen:
Aplicar una multa de UR 3 a la firma unipersonal de la Sra. Judyt Lucero, CI: 1.759. 221-0, RUT: 215275770010 (destinado a Autoservice) , sito en la calle Ing. Manuel Rodríguez Correa Nº 1697, por falta de Habilitación Municipal ( Servicio de Regulación Alimentaria) expediente: 2017-3370-98-000473.-
Montevideo, 20 de Diciembre de 2017.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Autoservice, sito en la calle Ing. Manuel Rodríguez Correa Nº 1697, propiedad de la firma unipersonal de la Sra. Judyt Lucero, CI: 1.759.221-0, RUT: 215275770010, con igual domicilio a los efectos legales ;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15, se pudo comprobar que carecía de Habilitación Municipal ( Servicio de Regulación Alimentaria), intimándose a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes ;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de UR 3 (Unidades Reajustables tres), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84 ;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE: 1.- Aplicar a la firma unipersonal de la Sra. Judyt Lucero, CI: 1.759.221-0, RUT: 215275770010, responsable del establecimiento destinado a Autoservice, sito en la calle Ing. Manuel Rodríguez Correa Nº 1697, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de UR 3 (Unidades Reajustables tres) por falta de Habilitación Municipal ( Servicio de Regulación Alimentaria) y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes .-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N º 15 .- |
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Rodrigo Arcamone,Alcalde.-
Jorge Cabrera,Concejal | |
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