Resolución N° 472/12/0113
Nro de Expediente:
3240-016181-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/11/2012


Tema:
MULTA POR BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19.788 GALIOMAR S.A., RUT:214344330012 venta mayorista de artículos de bazar, sito en Arenal Grande Nº 2239/41 - (SEGUNDA REINCIDENCIA)

Montevideo, 8 de Noviembre de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a venta mayorista de artículos de bazar, sito en Arenal Grande Nº 2239/41, propiedad de la Firma GALIOMAR S.A., RUT:214344330012, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resoluciones Nos. 147/10/3000 de fecha 05/ii/2010 y 64/12/0113 de fecha 17/iv/2012), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, (Dirección Nacional de Bomberos (DNB), (Segunda Reincidencia);
      2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.19.788, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 19.788 (Unidades Reajustables diecinueve con setecientos ochenta y ocho milésimas) a la Firma GALIOMAR S.A., RUT:214344330012, responsable del establecimiento destinado a venta mayorista de artículos de bazar, sito en Arenal Grande Nº 2239/41, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.- y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y notificar a la firma infractora y al Servicio Centro Comunal Nº 3.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez Sotelo,Concejal