Resolución N° 184/12/0113
Nro de Expediente:
3380-003980-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/6/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9,7164 a la empresa TRIPLEDOR S.A., RUT:216217260011, establecimiento destinado a pizzería, parrillada y bar, sito en la Bvar. Artigas Nº 4304 - (PRIMERA REINCIDENCIA)

Montevideo, 27 de Junio de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a pizzería, parrillada y bar, sito en la Bvar. Artigas Nº 4304, propiedad de la empresa TRIPLEDOR S.A., RUT:216217260011, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución No. 111/11/0113 de fecha 20/VI/2011), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, habilitaciones municipales (Servicio Contralor de la Edificación-Sección Locales Industriales), por lo que se solicita imponer una multa de U.R. 9,7164, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84; (Primera Reincidencia),
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 9,7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) a la empresa TRIPLEDOR S.A., RUT:216217260011, propietaria del establecimiento destinado a pizzería, parrillada y bar, sito en la Bvar. Artigas Nº 4304, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la firma infractora.- librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal