Resolución N° 313/15/0113
Nro de Expediente:
3380-003990-15
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/8/2015


Tema:
MULTA POR BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 7 Santiago Garbagnati, C.I.: 4.209.320-7, pizzería, Arturo Lezama Nº 2261 PRIMERA REINCIDENCIA

Montevideo, 12 de Agosto de 2015.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a pizzería, sito en la calle Arturo Lezama Nº 2261, propiedad de la firma unipersonal Santiago Garbagnati, C.I.: 4.209.320-7, con igual domicilio a los efectos legales;
    RESULTANDO: 1º.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la sanción aplicada (Resolución Nº 26/15/0113 de fecha 4/II/2015), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice, el funcionamiento del referido local, habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, (Primera Reincidencia);
    2º.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 7, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1.º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) a la firma unipersonal Santiago Garbagnati, C.I.: 4.209.320-7, responsable del establecimiento destinado a pizzería, sito en la calle Arturo Lezama Nº 2261, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio, para notificar a la empresa infractora. y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal