Resolución N° 281/16/0113
Nro de Expediente:
3240-010523-13; 2016-3240-98-000078
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/12/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3 y U.R. 5 Sergio Cabrera C.I.: 2.944.913-6, Nazaret Mangoyan C.I.: 1.146.735-4, R.U.T.: 100291240018, taller de cortadoras y balanzas, sito en Av. Luis A. Herrera Nº 3279,

Montevideo, 21 de Diciembre de 2016.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a taller de cortadoras y balanzas, sito en Av. Luis A. Herrera Nº 3279, propiedad de la sociedad de hecho Sergio Cabrera C.I.: 2.944.913-6, Nazaret Mangoyan C.I.: 1.146.735-4, con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, informa que: el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitaciones municipales (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sec. Locales Industriales y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) y la Dirección Nacional de Bomberos, solicita imponer una multa de U.R. 3 y otra de U.R. 5, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) y otra de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) a la sociedad de hecho Sergio Cabrera C.I.: 2.944.913-6, Nazaret Mangoyan C.I.: 1.146.735-4, R.U.T.: 100291240018, responsable del establecimiento destinado a taller de cortadoras y balanzas, sito en Av. Luis A. Herrera Nº 3279, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal