Resolución N° 431/15/0113
Nro de Expediente:
3380-010085-13
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/11/2015


Tema:
MULTA POR HUMEDADES

Resumen:
-Aplicar una multa de U.R. 20 a la copropiedad sita en la calle Gral. Aguilar Nº 1120, padrón Nº 9911, CIRIACO'S, con domicilio a los efectos legales en la calle Lima Nº 1288, oficina 801,

Montevideo, 11 de Noviembre de 2015.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la copropiedad sita en la calle Gral. Aguilar Nº 1120, padrón Nº 9911, administrada por Administración CIRIACO'S, con domicilio a los efectos legales en la calle Lima Nº 1288, oficina 801;
    RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, intimó a los titulares de obrados, a realizar las reparaciones necesarias para eliminar las filtraciones, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 20, según lo establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A del Decreto Nº 21626;
    2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, sugiere la aplicación de la sanción de referencia;
    CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) a la copropiedad sita en la calle Gral. Aguilar Nº 1120, padrón Nº 9911, administrada por Administración CIRIACO'S, con domicilio a los efectos legales en la calle Lima Nº 1288, oficina 801, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.-Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden, al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal