Resolución N° 334/17/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-000020
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/9/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) y otra de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) al Sr. Juan Carlos Karakeosian Silva, CI.: 1.479.269-7, R.U.T. 214281650015, responsable del establecimiento destinado a pub con venta de minutas, sito en la calle 2 de mayo No. 1551.-

Montevideo, 5 de Setiembre de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a pub con venta de minutas, sito en la calle 2 de mayo No. 1551, perteneciente al Sr. Juan Carlos Karakeosian Silva, CI.: 1.479.269-7, R.U.T. 214281650015, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No. 66/14/0114 de fecha 13/III/2017), habiéndose realizado una nueva intimación con fecha 26/VII/2017 no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas-1ra. Reincidencia-) y de la Dirección Nacional de Bomberos -1ra. Reincidencia-;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 y otra de U.R. 15, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84, notificado con fecha 18/VIII/2017;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) y otra de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) al Sr. Juan Carlos Karakeosian Silva, CI.: 1.479.269-7, R.U.T. 214281650015, responsable del establecimiento destinado a pub con venta de minutas, sito en la calle 2 de mayo No. 1551, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal