Resolución N° 264/17/0114
Nro de Expediente:
2016-0014-98-000473
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/7/2017


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 37,5 (Unidades Reajustables treinta y siete con cinco décimas) al propietario responsable del mantenimiento del terreno sito en la calle Juan Pablo Laguna 3373, Padrón Nro. 35224, Firma BUSTERY SA, RUT 216879020015 con domicilio a los efectos legales en la calle Maldonado Nro. 1167.-

Montevideo, 22 de Julio de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el terreno sito en la calle Juan Pablo Laguna 3373, Padrón Nro. 35224, propiedad de la firma BUSTERY SA, R.U.T. 216879020015, con domicilio a los efectos legales en la calle Maldonado Nro. 1167;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No. 27/17/0114 de fecha 09/II/2017), no se ha procedido a realizar el mantenimiento y la cerca perimetral adecuada;
        2o.) que el día 07/VI/2017 se intima a realizar los trabajos necesarios, otorgando un plazo de 24 (veinticuatro) horas, bajo apercibimiento de la multa correspondiente por contumacia;
        3o.) que por lo expuesto se informa que la sanción que corresponde aplicar es de U.R. 37.5 según lo establecido en el articulo D. 2159 del Digesto Departamental, siendo notificado con fecha 14/VI/2017;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 37,5 (Unidades Reajustables treinta y siete con cinco décimas) al propietario responsable del mantenimiento del terreno sito en la calle Juan Pablo Laguna 3373, Padrón Nro. 35224, Firma BUSTERY SA, RUT 216879020015 con domicilio a los efectos legales en la calle Maldonado Nro. 1167, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Sector Inspectivo para continuar con las actuaciones.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal