Resolución N° 289/15/0114
Nro de Expediente:
3260-003055-15
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/8/2015


Tema:
RECURSO DE REPOSICIÓN

Resumen:
No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por el Sr. Abogado Ignacio Trías en representación de la Firma LODINEM S.A., R.U.T. 217115010014, responsable del establecimiento destinado a showroom, venta de automóviles, sito en la Rbla. Rep. de Perú No. 1105, con domicilio a los efectos legales en la calle Ramón Escobar No. 1330, contra la multa impuesta bajo Resolución No. 232/15/0114 de fecha 17 de junio de 2015.-

Montevideo, 22 de Agosto de 2015.-
 
        VISTO: el recurso de reposición y apelación, interpuesto por el Sr. Abogado Ignacio Trías en representación de la Firma LODINEM S.A., R.U.T. 217115010014, responsable del establecimiento destinado a showroom, venta de automóviles, sito en la Rbla. Rep. de Perú No. 1105, con domicilio a los efectos legales en la calle Ramón Escobar No. 1330, contra la multa impuesta bajo Resolución No. 232/15/0114 de fecha 17 de junio de 2015, por un valor de U.R. 6.4776 y otra de U.R. 9.8940, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        RESULTANDO: 1o.) que el Abogado Asesor de este Municipio, informa que los argumentos expuestos por los recurrentes no aportan elementos que permitan modificar la resolución adoptada dejando a consideración del Gobierno Municipal CH el mantener o no la sanción;
        2o.) considera que de no rebocarse la sansión, corresponde no hacer lugar al recurso interpuesto, franqueándose el de apelación a la Asesoría Jurídica;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Gobierno Municipal entiende conveniente mantener la sanción impuesta de conformidad a lo informado;
        2o.) que por Resoluciones Nos. 3642/10 de 9/VIII/10 y 3797/10 de 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
        1.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por el Sr. Abogado Ignacio Trías en representación de la Firma LODINEM S.A., R.U.T. 217115010014, responsable del establecimiento destinado a showroom, venta de automóviles, sito en la Rbla. Rep. de Perú No. 1105, con domicilio a los efectos legales en la calle Ramón Escobar No. 1330, contra la multa impuesta bajo Resolución No. 232/15/0114 de fecha 17 de junio de 2015, por un valor de U.R. 6.4776 y otra de U.R. 9.8940 por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84.-
        2.- Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación y remítase a sus efectos a la División Asesoría Jurídica.
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal