Resolución N° 291/18/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-000749
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/11/2018


Tema:
HABILITACIÓN MESAS, SILLAS Y ENTARIMADO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la firma TILEN S.A., R.U.T. 080049460011, responsable del establecimiento destinado a parrillada, sito en la calle Tomas Diago Nro. 754/58.-

Montevideo, 17 de Noviembre de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a parrillada, sito en la calle Tomas Diago Nro. 754/58, perteneciente a la Firma TILEN S.A., R.U.T. 080049460011, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el día 04/IV/2018 se presentan los interesados con nota solicitando la exoneración del pago de uso del espacio público en el período comprendido entre mayo y setiembre;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5, con fecha 31/VIII/2018 realiza la exoneración del 100% de la facturación por uso de espacio público con mesas y sillas;
        3o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 el día 25/IX/2018 se pudo comprobar una ocupación con mesas y sillas contra fachada 15 m2 aproximadamente;
        4o.) que ante la infracción mencionada se solicita la aplicación de una multa de U.R. 15 por uso de espacio público con mesas y sillas en período exonerado 100% del pago, según lo establece el Decreto 32.082, modificativo del 32.707 y la Resolución 5456/08, notificando a los interesados con fecha 22/X/2018;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la firma TILEN S.A., R.U.T. 080049460011, responsable del establecimiento destinado a parrillada, sito en la calle Tomas Diago Nro. 754/58, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal