Resolución N° 191/24/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-001045
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/8/2024


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 13 (Unidades Reajustables trece) - 2da. reincidencia- a la PANADERIA COVADONGA S.A., R.U.T. 210234850019; sito en Bvr. 26 de Marzo Nro. 3278, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 12 de Agosto de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a panadería, sito en Bvr. 26 de Marzo Nro. 3278 propiedad de la firma PANADERIA COVADONGA S.A., R.U.T. 210234850019;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No. 347/23/0114 de fecha 07/XII/2023 y 110/24/0014 de fecha 14/V/2024), habiéndose realizado una nueva inspección técnica de fecha 06/VII/2024, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Local Comercial, Regulación Alimentaria e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) otorgándose 5 (días) para la presentación de los trámites en dicho servicio;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita aplicar una multa de U.R. 13 -2da. reincidencia- por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de fecha 23/IV/84, notificado el día 27/VII/2024;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 13 (Unidades Reajustables trece) - 2da. reincidencia- a la PANADERIA COVADONGA S.A., R.U.T. 210234850019; sito en Bvr. 26 de Marzo Nro. 3278, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Álvaro Maynard,Concejal