Resolución N° 152/14/0114
Nro de Expediente:
3260-006744-14
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/7/2014


Tema:
MULTA DIRECTA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 40 (Unidades Reajustables cuarenta) y otra de U.R. 50 (Unidades Reajustables cincuenta) a la firma BILKONY S.A., R.U.T. 216667740014, con domicilio a los efectos legales sito en la calle Joaquín Núñez No. 3116/20.-

Montevideo, 3 de Julio de 2014.-
 
        VISTO: las actuaciones relacionadas con la situación de denuncia de irregularidades y prejuicios provocados por vertimiento de material que obstruye boca tormenta sita en calle Joaquín Núñez No. 3116/20 donde se realiza obra responsabilidad de la firma BILKONY S.A., R.U.T. 216667740014, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, aplicó una multa directa el día 27 de marzo de 2014 con boleta No. 0584 al titular de obrados, por falta a la reglamentación de barreras (cruce peatonal adecuado) por U.R. 40 según lo establece el Dec.21626- Artículo 4- Literal B., Numeral 8 y otra multa de U.R. 50 por vertimiento de material que obstruye boca tormenta, al responsable de las obras, por infracción a lo dispuesto en el Decreto No. 14.001 de 09/VIII/67;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 40 (Unidades Reajustables cuarenta) y otra de U.R. 50 (Unidades Reajustables cincuenta) a la firma BILKONY S.A., R.U.T. 216667740014, con domicilio a los efectos legales sito en la calle Joaquín Núñez No. 3116/20, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 50 (cincuenta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Sector Inspectivo de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Luis Luján,Alcalde .-

Hugo Medici,Concejal