Resolución N° 43/24/0114
Nro de Expediente:
2021-5231-98-003876.-
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/2/2024


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) a la firma DISTRIBUIDORA INDUSTRIAL DE SURTIDORES AMERICANOS MONTEVIDEO S.A., R.U.T.: 210001000012; padrón Nro. 29653, sita en Bulevard Artigas Nro. 1190, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 23 de Febrero de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el mal estado de la vereda ubicada frente al comercio sita en Bulevar Artigas Nro. 1190, padrón Nro. 29653, perteneciente a la firma DISTRIBUIDORA INDUSTRIAL DE SURTIDORES AMERICANOS MONTEVIDEO S.A., R.U.T.: 210001000012;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la multa aplicada (Resolución Nº 229/23/0114 de fecha 07/IX/2023), el sector inspectivo del CCZ Nº 5 pudo comprobar que la situacion premanecia incambiadalos, intimándose a reparar la vereda otorgando un plazo de 5 (cinco) días a efectos de tramitar el permiso de reparación de veredas y 45 (cuarenta y cinco) días para terminar la reparacion con fecha 24/XI/2023;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 3 (primera reincidencia), por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, de 23/IV/84, notificado con fecha 20/XII/2023;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) -1era. reincidencia a la firma DISTRIBUIDORA INDUSTRIAL DE SURTIDORES AMERICANOS MONTEVIDEO S.A., R.U.T.: 210001000012; padrón Nro. 29653, sita en Bulevard Artigas Nro. 1190, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5.-
Álvaro Maynard,Alcalde (I).-

Stella Cerviño,Concejala