Resolución N° 141/18/0114
Nro de Expediente:
2016-3250-98-000114
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/6/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) y una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la Firma ANFEREX S.A., R.U.T. 214331030015, responsable del establecimiento destinado a estacionamiento y lavadero de vehículos, sito en la Avda. Italia No. 2507.-

Montevideo, 12 de Junio de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a estacionamiento y lavadero de vehículos, sito en la Avda. Italia Nro. 2507, perteneciente a la Firma ANFEREX S.A., R.U.T. 214331030015, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el día 21/I/2017 se notifica que debe presentar en el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 4 la habilitación municipal (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) y de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándosele a presentar en un plazo de 10 (diez) días en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber finalizado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 y otra de U.R. 15 respectivamente, por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de 23/IV/84, notificado con fecha 14/III/2017;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) y una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la Firma ANFEREX S.A., R.U.T. 214331030015, responsable del establecimiento destinado a estacionamiento y lavadero de vehículos, sito en la Avda. Italia Nro. 2507, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 4.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal