Resolución N° 340/15/0114
Nro de Expediente:
0014-007151-15
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/10/2015


Tema:
VARIOS

Resumen:
Delegar las contrataciones agrupables, almacenables y gestionables, en el Ordenador establecido en el procedimiento habitual, o en el que se establezca a tal fin, sin perjuicio del monto de la misma, conforme a lo establecido en el Numeral 3º del Articulo 12, de la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre de 2014, y el Articulo 30 del T.O.C.A.F..-

Montevideo, 9 de Octubre de 2015.-
 
        VISTO:el Articulo 42, Numeral IV del Decreto 33.209, de la Junta Departamental de Montevideo, por el que se establece que es atribución de los Gobiernos Municipales "Ordenar gastos e inversiones, de conformidad con lo establecido en el Presupuesto Quinquenal o en respectivo Plan Financiero, así como las disposiciones vigente";
        RESULTANDO: que se hace necesario delegar las contrataciones agrupables, almacenables y gestionables, en el Ordenador establecido en el procedimiento habitual, o en el que se establezca a tal fin, sin perjuicio del monto de las mismas;
        CONSIDERANDO: lo establecido en el Numeral 3º del Articulo 12, de la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre de 2014, y el Articulo 30 del T.O.C.A.F.;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE
        1.-Delegar las contrataciones agrupables, almacenables y gestionables, en el Ordenador establecido en el procedimiento habitual, o en el que se establezca a tal fin, sin perjuicio del monto de la misma, conforme a lo establecido en el Numeral 3º del Articulo 12, de la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre de 2014, y el Articulo 30 del T.O.C.A.F..-
        2.-Comuníquese a todos los Departamentos; a las Divisiones Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación; Asesoría Jurídica y Tecnología de la Información; a la Gerencia de Compras y pase a la Contaduría General a sus efectos.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal