Resolución N° 295/23/0114
Nro de Expediente:
2022-0014-98-000541
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/10/2023


Tema:
MULTA DIRECTA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 30 (Unidades Reajustables treinta) -1era. reincidencia- a la firma AFOQUE S.A., R.U.T. 217902150011, responsable de la obra sita en la calle Gabriel Pereira Nro. 2976, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 21 de Octubre de 2023.-
 
        VISTO: las actuaciones relacionadas con la situación de irregularidades y prejuicios provocados por el vertimiento de material en la boca de tormenta sita en la calle Gabriel Pereira Nro. 2976, realizado por la obra responsabilidad de la firma AFOQUE S.A., R.U.T. 217902150011;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la multa aplicada (Resolución Nº 9/23/0114 de fecha 20/I/2023), el sector inspectivo del Municipio informa que el día 4/X/2023 constató nuevamente el vertimiento de material en la boca de tormenta, informando a la empresa la aplicación de una multa de U.R. 30 -1era. reincidencia- (por el vertimiento de material hacia la boca de tormenta) por infracción a lo establecido en el D. 14001, Art. 4, Lit. A y Dec. 21626, Art. 4, Lit. B, Num. 1;
        2o.) que el día 05/X/2023 se notifica la aplicación de la multa y vencido el plazo para dar vistas no se han presentado descargos.
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 30 (Unidades Reajustables treinta) -1era. reincidencia- a la firma AFOQUE S.A., R.U.T. 217902150011, responsable de la obra sita en la calle Gabriel Pereira Nro. 2976, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Despacho de este Municipio para notificación al infractor.-
Matilde Antia,Alcaldesa.-

Álvaro Maynard,Concejal