Resolución N° 52/24/0114
Nro de Expediente:
2023-3260-98-000366.
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/2/2024


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) a los Sres. Passadore Rodríguez Felipe y Passadore Rodríguez Juan Manuel, C.I.: 4.800.486-8 y Sin Dato, R.U.T. 218681700012, por el local destinado a optica, sito en la calle Fco. Vidal Nro. 724, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 29 de Febrero de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a optica, sito en la calle Fco. Vidal Nro. 724 propiedad de los Sres. Passadore Rodríguez Felipe y Passadore Rodríguez Juan Manuel, C.I.: 4.800.486-8 y Sin Dato, R.U.T. 218681700012;
        RESULTANDO: 1o.) que en intimación realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5, se pudo comprobar que carecía de la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, por tal motivo, quedan sin efecto las habilitaciónes municipales, intimándose a presentar en el mencionado Servicio en un plazo de 5 (cinco) días, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes con fecha 5/I/2024;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita aplicar una multa de U.R. 3 por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de fecha 23/IV/84, notificado el día 14/II/2024;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) a los Sres. Passadore Rodríguez Felipe y Passadore Rodríguez Juan Manuel, C.I.: 4.800.486-8 y Sin Dato, R.U.T. 218681700012, por el local destinado a optica, sito en la calle Fco. Vidal Nro. 724, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Álvaro Maynard,Alcalde (I).-

Stella Cerviño,Concejala