Resolución N° 298/15/0114
Nro de Expediente:
5220-032585-14
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/9/2015


Tema:
CLAUSURA PREVENTIVA

Resumen:
Solicitar la clausura preventiva del local destinado a leñera, sito en la calle Navarra No. 1752, propiedad del Sr. Alejandro Curbelo, CI.: 3.001.999-0.-

Montevideo, 3 de Setiembre de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a leñera, sito en la calle Navarra No. 1752, propiedad del Sr. Alejandro Curbelo, CI.: 3.001.999-0, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio C.C.Z. No. 4 con fecha 05/VI/2015 se pudo comprobar el funcionamiento de dicho local solicitando en cese inmediato de la actividad;
        2o.) que en una nueva inspección realizada por el Sector Inspectivo con fecha 30/VII/2015 se pudo comprobar que el local seguía en funcionamiento, por lo que se solicita propiciar la clausura del establecimiento;
        3o.) que el día 18/VIII/2015, la Dirección del Servicio C.C.Z. No. 4 de acuerdo con lo informado sugiere formalizar la clausura preventiva del mencionado local por carecer de las Habilitaciones Municipales y de Bomberos;
        3o.) que el Gobierno del Municipio CH en su sesión ordinaria del día 27 de agosto del corriente expresa su conformidad a lo solicitado;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por Resolución N° 3078/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Solicitar la clausura preventiva del local destinado a leñera, sito en la calle Navarra No. 1752, propiedad del Sr. Alejandro Curbelo, CI.: 3.001.999-0, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución y también solicitar al Servicio Central de Inspección General que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
      2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 y pase a la Secretaría General a sus efectos.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal