Resolución N° 201/13/0114
Nro de Expediente:
3260-002373-11
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/10/2013


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la Sra. Raquel Silva Retamar CI.: 1.128.580-3 y el Sr. Alberto Martínez CI: 602.824-2, con domicilio constituido sita en la calle Luis de la Torre No. 683 apto. 05, contra la multa impuesta bajo Resolución No. 7/12/0114 de fecha 17 de mayo de 2012 y su modificativa No. 72/13/0114 de fecha 2 de Abril de 2013, por un valor de U.R. 29,6820.-

Montevideo, 4 de Octubre de 2013.-
 
        VISTO: el recurso de reposición y apelación, interpuesto por la Sra. Escribana Sra. Raquel Silva Retamar CI.: 1.128.580-3 y el Sr. Alberto Martínez CI: 602.824-2, con domicilio constituido sita en la calle Luis de la Torre No. 683 apto. 05, contra la multa impuesta bajo Resolución No. 47/12/0114 de fecha 17 de mayo de 2012 y su modificativa No. 72/13/0114 de fecha 2 de Abril de 2013, por un valor de U.R. 29,6820 según lo establece la Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A del Decreto No. 21626;
        RESULTANDO: 1o.) que el Arquitecto Asesor de este Municipio, informa que los argumentos expuestos por los recurrentes en el numeral 9 que luce a fojas 50 resulta incomprobable ya que no se facilitó el acceso a la vivienda y tampoco se presentó un informe con Responsabilidad Profesional que certifique el no pasaje de humedades ni filtraciones;
        2o.) que el Abogado Asesor considera que no corresponde hacer lugar al recurso interpuesto, franqueándose el de apelación a la Asesoría Jurídica;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Gobierno Municipal entiende conveniente proveer de conformidad a lo informado;
        2o.) que por Resoluciones Nos. 3642/10 de 9/VIII/10 y 3797/10 de 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
        1.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la Sra. Raquel Silva Retamar CI.: 1.128.580-3 y el Sr. Alberto Martínez CI: 602.824-2, con domicilio constituido sita en la calle Luis de la Torre No. 683 apto. 05, contra la multa impuesta bajo Resolución No. 7/12/0114 de fecha 17 de mayo de 2012 y su modificativa No. 72/13/0114 de fecha 2 de Abril de 2013, por un valor de U.R. 29,6820.-
        2.- Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación y remítase a sus efectos a la División Asesoría Jurídica.
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal