Resolución N° 103/24/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-001643
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/5/2024


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) -1era. reincidencia- al CLUB ATLETICO BOHEMIOS, R.U.T. 215753550017 sito en la calle Gabriel Pereira Nro. 3025 por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 2 de Mayo de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a club deportivo, sito en la calle Gabriel Pereira Nro. 3025 propiedad del CLUB ATLETICO BOHEMIOS, R.U.T. 215753550017;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la multa aplicada (Resolución Nro. 116/23/0114 de fecha 12/VI/2023) en una nueva intimación de fecha 11/I/2024 el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 pudo comprobar que carecía de la habilitación municipal ( Locales Comerciales) intimándosele a presentar en el mencionado servicio en un plazo de 30 (treinta) días los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere la aplicación de una multa U.R. 15 (Unidades Reajustables quinec) -1era. reincidencia- según lo establece el Decreto 21.626 de 23/IV/84, notificando la aplicación de la misma con fecha 13/IV/2024;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) -1era. reincidencia- al CLUB ATLETICO BOHEMIOS, R.U.T. 215753550017 sito en la calle Gabriel Pereira Nro. 3025 por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Matilde Antia,Alcaldesa.-

Álvaro Maynard,Concejal