Resolución N° 329/17/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-000544
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/9/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) a la Firma LLODRA GONZALEZ, FELIPE JOSE, CI.: 2.911.142-4, R.U.T. 215441330011, responsable del establecimiento destinado a rotisería de comida vegana sito en la calle Lorenzo Perez Nro. 3010.-

Montevideo, 5 de Setiembre de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a rotisería de comida vegana sito en la calle Lorenzo Perez Nro. 3010, perteneciente a la Firma LLODRA GONZALEZ, FELIPE JOSE, CI.: 2.911.142-4, R.U.T. 215441330011, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que habiéndose realizado una intimación por parte del Servicio C.C.Z. Nro. 5 con fecha 03/VIII/2017 otorgando 5 (cinco) días para la presentación de las habilitaciones solicitadas en mencionado servicio, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) ;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 6, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84, habiéndose notificado con fecha 17/VIII/2017;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) a la Firma LLODRA GONZALEZ, FELIPE JOSE, CI.: 2.911.142-4, R.U.T. 215441330011, responsable del establecimiento destinado a rotisería de comida vegana sito en la calle Lorenzo Perez Nro. 3010, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal