Resolución N° 44/17/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-001543
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/3/2017


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar 3 (tres) multas de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la Firma BERLIN LA LAINA CHRISTIAN DENIS Y LAFFITTE RIVERO JUAN IGNACIO CI.: 4.422.811-1 y 3.798.156-8 respectivamente R.U.T. 217514150014, responsable del establecimiento destinado a restaurante sito en la calle Charrua Nro. 2547.-

Montevideo, 1 de Marzo de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la colocación de estructura de hierro en el entorno de tres ejemplares del ornato público sito en la calle Charrua Nro. 2547, perteneciente a la Firma BERLIN LA LAINA CHRISTIAN DENIS Y LAFFITTE RIVERO JUAN IGNACIO CI.: 4.422.811-1 y 3.798.156-8 respectivamente, R.U.T. 217514150014, con igual domicilio a los efectos legales ;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, al constatar la infracción, aconsejó la aplicación de tres multa de U.R. 15 por infracción a lo establecido en el Decreto Nos. 21626 Art. 2 inc. 2 (Grado 3);
        CONSIDERANDO: 1o.) que se estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar 3 (tres) multas de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la Firma BERLIN LA LAINA CHRISTIAN DENIS Y LAFFITTE RIVERO JUAN IGNACIO CI.: 4.422.811-1 y 3.798.156-8 respectivamente R.U.T. 217514150014, responsable del establecimiento destinado a restaurante sito en la calle Charrua Nro. 2547, con igual domicilio a los efectos legales, por infringir lo dispuesto en el Decreto Nos. 21626 Art. 2 inc. 2 (Grado 3), por colocación de estructura de hierro en el entorno de tres árboles frente a dicha finca;
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal