Resolución N° 28/22/0114
Nro de Expediente:
2022-0014-98-000050
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/3/2022


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 12 (Unidades Reajustables doce) y otra de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) a la firma BRATUK S.A., R.U.T. 218513670012, con domicilio a los efectos legales sito en la calle Solano Garcia Nro. 2575 apto. 202.-

Montevideo, 3 de Marzo de 2022.-
 
        VISTO: las actuaciones relacionadas con la situación de denuncia de irregularidades y prejuicios provocados por pasaje peatonal y falta de limpieza en la vía pública posterior a demolición sita en calle Gabriel Pereira Nro. 3125 donde se realiza obra responsabilidad de la firma BRATUK S.A., R.U.T. 218513670012, con domicilio a los efectos legales en la calle Solano Garcia Nro. 2575 apto. 202;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección realizada con fecha 14/II/2022, se constata que el pasaje peatonal no se ajusta a la normativa vigente y la falta de limpieza de la vía pública posterior a realizar una demolición, intimando a los titulares con fecha 14/II/2022;
        2o.) que ante el incumplimiento se solicita la aplicación de una multa de U.R. 12, por infracción a lo dispuesto según Decreto 21.626 Secc. II Art. 3 Inc. 3 Nral. b y otra de U.R. 5 por falta de limpieza en vía pública por demoliciones según lo dispuesto según Decreto 21.626, Art. 4, Lit. b Nral.17 al responsable de las obras;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 12 (Unidades Reajustables doce) y otra de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) a la firma BRATUK S.A., R.U.T. 218513670012, con domicilio a los efectos legales sito en la calle Solano Garcia Nro. 2575 apto. 202, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal