Resolución N° 421/17/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-001666
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/12/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Dejar sin efecto las Resoluciones Nro. 73/12/0114 de fecha 17/VII/2012; 141/12/0114 de fecha 24/IX/2012; 38/13/0114 de fecha 07/II/2013 y 83/13/0114 de fecha 11/IV/2013 por las cuales se aplicaron multas a la firma COOPERATIVA AGRARIA LIMITADA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIO, R.U.T. 212513380015.-

Montevideo, 4 de Diciembre de 2017.-
 
        VISTO: que por Resoluciones Nro. 38/13/0114 de fecha 07/II/2013 y 83/13/0114 de fecha 11/IV/2013 se aplicaron multas a la firma COOPERATIVA AGRARIA LIMITADA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIO, R.U.T. 212513380015, responsable de los establecimiento destinado a venta de comida, sito en Avda. Luis Alberto de Herrera No. 1404 y Bvar. España No. 2502, por carecer de las habilitaciones municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos;
        RESULTANDO: 1o.) que el día 28/XI/2016 se presentan los interesados con documentación donde se solicita dejar sin efecto las sanciones aplicadas, por no estar en la jurisdicción de la IM el control de habilitaciones de los locales mencionados, siendo el responsable el INAC;
        2o.) que al Directora (I) de la Unidad Asesoría Jurídica de la IM en el informe de fecha 31/X/2017 entiende que se debe dejar sin efecto la aplicación de las multas aplicadas;
        3o.) que el Concejo Municipal reunido en su sesión ordinaria de fecha 15/XI/2017 resuelve por unanimidad dejar sin efecto las resoluciones en donde se aplica multas a la firma COOPERATIVA AGRARIA LIMITADA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIO, R.U.T. 212513380015;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Dejar sin efecto las Resoluciones Nro. 38/13/0114 de fecha 07/II/2013 y 83/13/0114 de fecha 11/IV/2013 por las cuales se aplicaron multas a la firma COOPERATIVA AGRARIA LIMITADA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIO, R.U.T. 212513380015, responsable de los establecimiento destinado a venta de comida, sito en Avda. Luis Alberto de Herrera No. 1404 y Bvar. España No. 2502, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Notifíquese a los interesados, los que deberán dirigirse con copia de la presente resolución al Servicio de Gestión de Contribuyentes - Unidad Multas, a los efectos de generar expediente para la baja del clearing a la firma, así como la devolución de lo abonado (en caso de corresponder) y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 para continuar con las actuaciones.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal