Resolución N° 437/17/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-001063
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/12/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) a la Firma CHEZ PIÑEYRO S.A., R.U.T. 210364140011, responsable del establecimiento destinado a bar - pizzería, sito en la calle 21 de setiembre Nro. 2847

Montevideo, 26 de Diciembre de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado bar - pizzería, sito en la calle 21 de setiembre Nro. 2847, perteneciente a la Firma CHEZ PIÑEYRO S.A., R.U.T. 210364140011 con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en intimación realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 el día 07/XI/2017, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) intimándosele a presentar en un plazo de 5 (cinco) días en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 6 por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84, notificando con fecha 01/XII/2017 la aplicación de la multa;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) a la Firma CHEZ PIÑEYRO S.A., R.U.T. 210364140011, responsable del establecimiento destinado a bar - pizzería, sito en la calle 21 de setiembre Nro. 2847, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal