Resolución N° 254/21/0114
Nro de Expediente:
2021-3260-98-000302
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/12/2021


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la Firma MARTÍNEZ SÁNCHEZ NATALIA JIMENA, CI.: 4.141.980-6, R.U.T. 218697750014

Montevideo, 29 de Diciembre de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a gastronomía sito en la calle Solano García Nro. 2454 propiedad de la firma MARTÍNEZ SÁNCHEZ NATALIA JIMENA, CI.: 4.141.980-6, R.U.T. 218697750014, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la multa aplicada (Resolución Nro. 156/21/0114 de fecha 4/IX/2021), habiéndose realizado por parte del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 una nueva intimación con fecha 8/XI/2021, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Locales comerciales, Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Regulación Alimentaria) y la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándosele a presentar en un plazo de 30 (treinta) días en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 -1ra. Reincidencia-, por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de 23/IV/84, notificado con fecha 27/XI/2021;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la Firma MARTÍNEZ SÁNCHEZ NATALIA JIMENA, CI.: 4.141.980-6, R.U.T. 218697750014, responsable del establecimiento destinado a gastronomía sito en la calle Solano García Nro. 2454, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal