Resolución N° 291/17/0114
Nro de Expediente:
2017-3260-98-000114
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/8/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Dejar sin efecto la Resolución No. 127/17/0114 de fecha 08/V/2017 donde se aplica una multa de U.R. 6 ( Unidades Reajustables seis) a la Firma TRES LOBITOS S.R.L., R.U.T. 217784150017, responsable del establecimiento destinado al rubro gastronómico, sito en la calle Francisco Araucho Nro. 1193.-

Montevideo, 14 de Agosto de 2017.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 127/17/0114 de fecha 08/V/2017 se aplica una multa de U.R. 6 a la Firma TRES LOBITOS S.R.L., R.U.T. 217784150017, responsable del establecimiento destinado al rubro gastronómico, sito en la calle Francisco Araucho Nro. 1193;
        RESULTANDO: 1o.) que el día 13/VI/2017 se presenta documentación y carta solicitando dejar sin efecto la multa aplicada ya que el local había iniciado los trámites de la habilitación solicitada ;
        2o.) que en el informe de fecha 21/VI/2017 del Abogado Asesor entiende que se podría dejar sin efecto la aplicación de multa, dejando a criterio del Gobierno Municipal dicha opción;
        3o.) que el Concejo Municipal reunido en su sesión ordinaria de fecha 02/VIII/2017 resuelve por unanimidad dejar sin efecto la resolución de obrados;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Dejar sin efecto la Resolución No. 127/17/0114 de fecha 08/V/2017 donde se aplica una multa de U.R. 6 ( Unidades Reajustables seis) a la Firma TRES LOBITOS S.R.L., R.U.T. 217784150017, responsable del establecimiento destinado al rubro gastronómico, sito en la calle Francisco Araucho Nro. 1193, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Notifíquese a los interesados y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 para continuar con las actuaciones.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal