Resolución N° 261/18/0114
Nro de Expediente:
2017-0014-98-000588
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/10/2018


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Solicitar al Intendente de Montevideo la delegación para proceder a la firma del Convenio a suscribirse entre el Municipio CH y la DINALI en el marco del Plan de Barrido en las calles del Servicio C.C.Z. Nro. 4

Montevideo, 19 de Octubre de 2018.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la firma de un Convenio conjuntamente entre el Municipio CH con la DINALI, con el fin de llevar adelante el Plan de Barrido en las calles del Servicio C.C.Z. Nro. 4 de este Municipio;
      RESULTANDO: 1º) que el Concejo Municipal en sesión del día 15 de agosto del presente año aprobó por unanimidad la firma del presente Convenio.
      2º) Que la DINALI, es una Dirección de dependencia del Ministerio del Interior y por tanto un Órgano del Estado.
      CONSIDERANDO: 1º) Lo previsto en el TOCAF, artículo 33, literal C, numeral 1.-
      2º) Que los Municipios en virtud de la reforma a la ley 19.272, según nueva ley de Presupuesto, han dejado de ser ordenadores primarios de gastos, por lo cual es que se solicita a la I.M. la delegación establecida en el artículo mencionado anteriormente.-
      EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
      RESUELVE:
      1.-Solicitar al Intendente de Montevideo la delegación para proceder a la firma del Convenio a suscribirse entre el Municipio CH y la DINALI en el marco del Plan de Barrido en las calles del Servicio C.C.Z. Nro. 4 de este Municipio, en virtud del art. 33, literal C, numeral 1 del TOCAF.-
      2.-La erogación de que se trata, será atendida con cargo a la preventiva SEFI Nro. 212748 por $ 2.000.000 (Pesos Uruguayos dos millones), en el derivado 554000 de la actividad presupuestal 315000101.
      3.-Encomendar la firma del presente instrumento en el Alcalde del Municipio CH Sr. Andrés Abt y la aprobación el siguiente texto de Convenio: CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, el 27 de setiembre de 2018, comparecen, POR UNA PARTE: El Municipio CH, con domicilio en la calle Brito del Pino No 1590 representado en este acto por el Sr. Andrés Abt, con C.I. 1.788.064-8, en su calidad de Alcalde del Municipio CH y POR LA OTRA PARTE: El Ministerio de Interior - Dirección Nacional de Apoyo al Liberado (DINALI), RUT 215.725.260.018, representado por el Ministro Edison Eduardo Bonomi Varela ,con C.I. 1.118.221-3, con domicilio en calle Mercedes 993 de esta Ciudad, quienes declaran y convienen: PRIMERO: ANTECEDENTES 1) El Municipio CH en el marco de las políticas Departamentales y Municipales tiene entre sus cometidos la limpieza y barrido de calles y plazas. 2) En el marco de las políticas de inclusión e integración social que definiera el Consejo del Municipio CH, se formularon contactos con la DINALI, a los efectos de promover convenios que generaran oportunidades de trabajo para los liberados. 3) Con fecha 28 de junio de 2017, las partes suscribieron un Convenio marco a los efectos de lograr la más amplia cooperación entre las instituciones y la creación de oportunidades de trabajo para los liberados. 4) el presente convenio se realiza al amparo del art. 33 del TOCAF, inciso C, literal 1. SEGUNDO: OBJETO El presente convenio se otorga con el objeto de lograr la limpieza y barrido de calles y plazas dentro de los límites del Municipio CH, a través del trabajo de una cuadrilla de liberados seleccionados por la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado, la cual se obliga a proporcionar la mano de obra debiendo supervisar conjuntamente con el Municipio CH, las tareas que le son encomendadas, siendo éste, quien fijará las tareas y obras a desarrollar, pudiendo interrumpir las mismas, previa notificación a la contraparte, realizarlas por etapas, las cuales podrán ser o no continuas, dentro del plazo contractual. TERCERO: OBLIGACIONES DE LAS PARTES: A) A la DINALI le compete: I) Seleccionar a las personas que cumplirán las actividades en el marco del presente convenio conforme al perfil necesario para desarrollar las tareas que son objeto del presente convenio. II) Abonarle a las personas que participen, el salario de acuerdo al laudo y demás rubros salariales, presentar las nóminas y planillas necesarias para el pago de los aportes al BPS que devengan por las tareas que desarrollen los trabajadores al Municipio CH, todo lo cual se ajustará acorde al laudo, con los depósitos transferidos por el Municipio CH a dichos efectos. III) Proporcionar los uniformes y ropa de trabajo y elementos de seguridad necesarios para el desarrollo de las tareas, conforme a las obligaciones asumidas por el Municipio en el presente Convenio. IV) Disponer de un camión para el desarrollo de las tareas, lo que se hará con los fondos transferidos por el Municipio a dichos efectos. V) Realizar en forma permanente el seguimiento de las personas que participen del presente convenio. VI) Presentar antes del décimo día hábil del siguiente mes la información referente al cumplimiento de las obligaciones laborales, y planillas del BPS VII) Presentar Planilla de Trabajo (si correspondiere) de datos de los participantes al inicio, en caso de ingresos y egresos, actualizada cada tres mes, de acuerdo a las pautas que establezca el Municipio CH. VIII) Presentar rendición de cuentas de los montos de dinero transferidos según rubro y destino establecido en el presente convenio. La no presentación de la mencionada Rendición de Cuentas en los plazos establecidos, otorgará la potestad al Municipio CH del no pago del mes en curso. IX) Presentar en forma quincenal los listados de asistencia al trabajo, avalados por el supervisor, a los efectos de calcular el presentismo. X) Presentar en forma semanal la documentación emitida por concepto de Disposición Final de Residuos, con rubros transferidos por el Municipio. En caso de no presentación de la mencionada información en los plazos establecidos, el Municipio CH podrá retener los pagos hasta que se de cumplimiento de la citada obligación a satisfacción. XI) Documentar la relación laboral entre la DINALI y el operario a través de un contrato laboral a termino y XII) Presentar Planilla de Tareas Realizadas, en forma semanal del listado de tareas realizadas (aceras barridas, plazas realizadas, riegos realizados, carpidos realizados, limpiezas de papeleras y otras tareas solicitadas o realizadas) en las zonas establecidas por el Equipo de Convenios del Municipio CH, XIII) Designar un Referente Institucional: nexo entre la DINALI y el Municipio CH, y XIV) Designar un Coordinador General: supervisor de las tareas operativas. B) Al Municipio le compete: Transferir los montos de dinero acorde al detalle del articulo Décimo Cuarto.- Monto total del Convenio $ 7.153.241. (incluye 10% para imprevistos). Los referidos montos serán depositados en la cuenta de la DINALI, cuenta corriente BROU Nº 1557032-00128. Nota: La no presentación por parte de la Dinali de la mencionada información en los plazos establecidos, otorgará la potestad al Municipio CH del no pago del mes en curso. CUARTO: PROPUESTA OPERATIVA: - Tareas a realizar y organización del trabajo de limpieza. - Cronograma de capacitación de las tareas, se brindará en el primer mes de tareas al comienzo del convenio y con cada ingreso. - Estrategia de seguimiento educativo de la tarea operativa. - Cronograma de actividades, la descripción y planificación de las tareas será proporcionada por el Equipo de Convenios del Municipio CH. QUINTO: RECURSOS HUMANOS: 12 operarios ( de entre 18 a 45 años de edad) integrando las cuadrillas de las diferentes tareas indicadas. 1 supervisor/coordinador general. SEXTO: TAREAS: 6.1- Tareas de barrido y carpido: Barrido: - Barrido de cordón entre 10 y 12 cuadras (20 y 24 aceras), incluida la limpieza entorno del contenedor y de los árboles ubicados en esas aceras. - Las zonas de realizar las tareas de barrido se detallan en el Anexo. - Levante de lo producido (dentro del horario del convenio). - Cantidad de participantes: 12 operarios. - Cantidad de supervisor/coordinador general: 1. - Horario del 01/10 al 31/05: lunes a sábados de 7:00 a 13:00 horas. - Horario del 01/06 al 30/9: lunes a sábados de 8:00 a 14:00 horas – Carpido: -Consiste en: quitar hierbas de los cordones con las herramientas adecuadas y el uso de agroquímicos autorizados con sus respectivos equipos de protección. - La lista de tareas como así las zonas se detallan en el Anexo - Levante de lo producido (dentro del horario del convenio). - Cantidad de participantes: 15 operarios - Horario del 01/10 al 31/05: lunes a sábados de 7:00 a 13:00 horas - Horario del 01/06 al 30/9: lunes a sábados de 8:00 a 14:00 horas. 6.2- Tarea de Limpieza de Plazas: - Consiste en barrido total de la plaza (incluyendo caminaría y espacios verdes) y su perímetro (incluyendo contenedores y árboles), y limpieza de papeleras de las plazas mencionadas, que surgirán de la lista indicada por el Equipo del Municipio CH. - Levante de lo producido (dentro del horario del convenio). - El Municipio CH indicará lugar y frecuencia de las plazas a cubrir. - La lista de tareas, plazas y especies se adjunta en el Anexo que puede ser ampliada o modificada de acuerdo a las necesidades del Municipio. - Cantidad de participantes: 12 operarios - Cantidad de supervisor/coordinador general: 1 - Horario del 01/10 al 31/05: lunes a sábados de 7:00 a 13:00 horas. - Horario del 01/06 al 30/9: lunes a sábados de 8:00 a 14:00 horas. NOTA: EN TODOS LOS CASOS LAS BOLSAS PRODUCIDAS DEBERÁN QUEDAR ALEJADAS DE LAS BOCAS DE TORMENTA Días lluviosos: contarán con equipo de agua para el desarrollo de la tarea. Días de lluvia torrencial: no se realizará la tarea. SEPTIMO: DISTRIBUCION DEL TRABAJO: - El trabajo será distribuido optimizando toda la operativa dentro del Servicio CCZ Nº4 definido previamente por el Municipio CH. OCTAVO: RECURSOS MATERIALES OTROS INSUMOS: VESTIMENTA: El Municipio transferirá una partida por única vez destinada a este rubro que se detalla a continuación:
      VERANOINVIERNO
      2 Remeras manga larga2 Remeras manga larga
      1 Pantalón de Brin1 Pantalón jogging/brin
      1 Canguro jogging/gabardina 1 Canguro polar/brin
      1 Par zapatos de seguridad c/ y s/ puntera1 Par zapatos de seguridad c/ y s/ puntera
      1 Gorro c/visera 1 Gorro Polar
      1 Equipo de agua (pantalón y campera)
      1 Par de botas de lluvia
      IMPORTANTE: Tanto la ropa de invierno como de verano deberán tener una banda reflectora en el pantalón y otra en el canguro o remera. Además el uniforme con leyenda “Trabajando para el Municipio CH y logo institucional” HERRAMIENTAS: El Municipio transferirá una partida inicial destinada a este rubro, para la realización de las tareas será necesario disponer de los siguientes elementos en cantidad acorde a las tareas descriptas: Escobillón/ Cepillo – Palas – Azada – Horquilla - Bolsas grises de residuos con el logo del Municipio - Guantes de acuerdo a la tarea asignada. Cada operario contará con las herramientas correspondientes para el buen desarrollo de la actividad asignada, serán compradas por la DINALI con el rubro destinado para este concepto y deberán mantenerse en buen estado. Las herramientas adquiridas serán propiedad del Municipio CH, por lo que serán entregadas a éste una vez finalizado el Convenio. Asimismo se deberá tener y entregar al Municipio CH un inventario trimestral del número y estado de las herramientas. Para la compra de todo insumo y/o herramientas que NO hayan sido incluidas en el presente llamado se deberá previamente avisar por cualquier medio a el Área Operativa del Municipio y contar con la autorización siendo imprescindible la misma para hacer efectivo el pago. VEHÍCULOS: Se utilizará para este convenio el siguiente vehículo. 1 camión de mediano porte (con volcadora), doble cabina para las tareas de limpieza de Plazas, papeleras y levante de lo producido (barrido), que será utilizado en el horario establecido por el convenio, con una capacidad no menor a 8000 KG de carga. El camión obligatoriamente deberá estar acondicionado y de acuerdo a la normativa vigente. Los mismos tendrán que ajustarse a la norma referente a transporte de personal (Incluye bancos, toldos y elementos de seguridad). No pudiendo transportar a los operarios en la caja. Además, el Municipio CH proveerá de un sistema de seguimiento satelital a instalar en los vehículos de acuerdo con los lineamientos establecidos por la actual gestión de Gobierno. Documentación obligatoria del transportista a presentar: - LIBRETA DE CIRCULACIÓN DEL Dpto. de Montevideo -PATENTE AL DÍA Y MATRICULA EN MONTEVIDEO -TITULO DE PROPIEDAD - INSCRIPCIÓN EN EL B.P.S - CERTIFICADO ÚNICO ESPECIAL - INSCRIPCIÓN EN D.G.I - PÓLIZA DE SEGURO TOTAL - PLANILLA DEL M.T.S.S - PERMISO NACIONAL DE CIRCULACIÓN DEL M.T.O.P – SUCTA - C.I DE LOS TITULARES DE LA EMPRESA - C.I LIBRETA OTORGADA POR LA I.M. Y CARNE DE SALUD DE LOS CHOFERES. - PRESENTAR EN FORMA SEMESTRAL LA DOCUMENTACIÓN DE LOS CAMIONES UTILIZADOS Y DE LOS PERMISOS DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS OTORGADO POR LA I.M. Y OTROS ORGANISMOS. NOVENO: RESPONSABILIDES DE TODOS LOS PARTICIPANTES Responderán al supervisor/coordinador general quien recibirá directivas del referente del Municipio. Deberán cumplir con la jornada laboral. A) Supervisor: a) Enseñar la tarea y supervisar la misma diariamente. b) Organizar la tarea operativa: responsabilidades, horarios, protocolos de barrido. c) Orientar en las técnicas de trabajo, uso de equipamiento y materiales a utilizar. d) Mediar en conflictos, poner límites, negociar con los distintos actores involucrados. e) Mantener instancias sistemáticas de coordinación con el/los referentes municipales de seguimiento operativo. f) Exigir el cumplimeinto de las medidas de seguridad. B) Peones: a) Responderan al supervisor/coordinador general, quien recibirá directivas del referente del Municipio. b) Cumplir con la jornada laboral, días y horarios. c) Utilizar el uniforme otorgado y las medidas de seguridad que se le indiquen. DECIMO: PROPUESTA OPERATIVA: Incluirá tareas a realizar y organización del trabajo, régimen de trabajo, capacitación, materiales e insumos, asistencia, vestimenta, tareas de administración: Las tareas son las que se incluyen en el presente convenio, su instrumentación será organizada previo al inicio de las mismas, entre la DINALI y el Municipio CH. Las tareas deben ser realizadas con las normas de seguridad necesarias. DECIMO PRIMERO: ASISTENCIAS Dadas las características de la función a cumplir, la DINALI deberá asegurar la permanencia y cumplimiento de los participantes en los días y horarios acordados, para el cumplimiento de la tarea, durante la vigencia del convenio. DECIMO SEGUNDO: TAREA DE ADMINISTRACIÓN: Elaborar y/o presentar en el Municipio CH las rendiciones de cuentas y los listados de asistencia al trabajo. Los gastos de administración deberán ser rendidos en forma detallada mensualmente. Se pagará sobre lo rendido. DOCUMENTACION REQUERIDA: A) Información sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social, a presentar ante el Municipio CH. La DINALI, a partir de la suscripción del convenio, deberá exhibir los siguientes documentos: 1) Declaración nominada de historia laboral (artículo 87 de la Ley Nº 16.713 de 3 de setiembre de 1995) y recibo de pago de cotizaciones al organismo provisional. 2) Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidad provisional que corresponda. (Artículo 663 de la Ley Nº 16.170 de 28 de diciembre de 1990). 3) Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. 4) Planilla de Control de Trabajo, recibos de haberes salariales y en su caso, convenio colectivo aplicable. 5) Datos personales de los trabajadores comprendidos en el Convenio. 6) Carné de Salud de los trabajadores. DECIMO TERCERO: CRITERIOS DE SEGUIMIENTO y EVALUACION DEL CONVENIO: El Municipio CH tendrá la responsabilidad de establecer las pautas necesarias para el seguimiento y evaluación de la implementación de la Propuesta de Intervención para este convenio, en sus aspectos operativos. El Municipio CH tendrá la responsabilidad de realizar el seguimiento y evaluación correspondiente. A tales efectos, se contará con los Informes presentados por la DINALI y los Servicios involucrados y se realizarán además, visitas a los lugares de trabajo, y se mantendrá contacto asiduo con los o las referentes de la DINALI y de los Servicios. El Municipio CH se reservará el derecho de efectuar auditorías que permitan verificar que el destino de los fondos transferidos se ajuste a lo indicado en la propuesta. El incumplimiento de los términos que se acordaron en el Convenio, habilitará al Municipio a la rescisión del mismo. La evaluación final será considerada a efectos de la eventual renovación que realice el Municipio. Se considerará satisfactoria la evaluación que se realice al cabo del año, si la DINALI cumple en términos generales, con los siguientes aspectos a evaluar. 1 Cumplimiento en la implantación del convenio en sus aspectos globales. Se evalúa el sostenimiento de la DINALI en el transcurso del convenio, el proceso de selección de los operarios, el cumplimiento de los términos acordados, etc. Se verifica en Informes trimestrales de la DINALI e información recabada por los equipos técnicos del Municipio y Servicios de la Intendencia. Se evalúa la procesos implementados en relación a la tarea: conformidad con la tarea realizada, nivel de asistencia al trabajo, cobertura de faltas con suplentes, rol del coordinador como organizador y supervisor de tareas, disposición y uso de materiales y uniformes, relacionamiento con los Servicios y con los equipos técnicos de la Intendencia. Se verifica por medio de los Informes Semestrales que remite la DINALI al Municipio, los Informes Semestrales que elaboran los Servicios involucrados de acuerdo a pautas establecidas y con lo que surja del propio relevamiento que realicen los equipos técnicos del Municipio. DECIMO CUARTO: CRITERIOS Y FORMA DE TRANSFERENCIA DE FONDOS. El Municipio CH abonará la sumas que correspondan a los costos de las prestaciones, beneficios sociales, etc. en 12 cuotas mensuales, transfiriendo la primer cuota a los 30 días de comenzada la ejecución del proyecto. Las liquidaciones se harán contra presentación de boletas, así como se liquidará sobre jornal efectivamente trabajado. A los 10 días de la firma del convenio se abonará una partida inicial de $ 1.090.249 (según detalle que se explica a continuación). Para aquellos gastos que superen los $5.000 (cinco mil pesos) y no estén incluidos dentro de lo estipulado en el presente convenio se deberá previamente notificar al Municipio CH. a) Mano de obra $ 4.062.287, los cuales se transfieren a la DINALI en 12 cuotas mensuales de la siguiente forma: a.1) la suma de $ 338.524, (en concepto de primer cuota) contra la firma del presente Convenio, a los treinta días siguientes, las restantes cuotas iguales mensuales y consecutivas de $ 338.524, los cuales deberán de ser rendidos oportunamente, según liquidación a presentar, por las tareas realizadas y de conformidad con la rendición de cuentas enviada por la Dinali, b) Transferir contra la firma del presente Convenio la suma de $ 110.600 (100%) iva incluido para cubrir la ropa de trabajo y calzado adecuado (Vestimenta), de acuerdo a los montos presupuestados por el Municipio. c) Transferir contra la firma del presente Convenio la suma de $ 456.960 (100%) iva incluido para los materiales e insumos necesarios (Herramientas) para el cumplimiento de las tareas, de acuerdo a los montos presupuestados por el Municipio. d) Transferir contra la firma del presente Convenio la suma de $ 64.416 (una doceava cuota) iva incluido, a los efectos del alquiler de un camión (Vehículo) apto para la tarea, de acuerdo a los montos presupuestados por el Municipio. Transfiriendo las siguientes cuotas iguales, mensuales y consecutivas, mes a mes a contar a partir de los treinta días del primer pago. e) Transferir contra la firma del presente Convenio la suma de $ 9.410 (25%) iva incluido para Limpieza, para el cumplimiento de las tareas, de acuerdo a los montos presupuestados por el Municipio, f) Transferir contra la firma del presente Convenio la suma de $ 10.000 (33%) iva incluido para Farmacia, de acuerdo a los montos presupuestados por el Municipio, y g) transferir contra la firma del presente Convenio la suma de $ 42.000 (una doceava cuota) iva incluido, a los efectos de la compra de Bolsas de residuos, de acuerdo a los montos presupuestados por el Municipio. Transfiriendo las siguientes cuotas iguales, mensuales y consecutivas, mes a mes a contar a partir de los treinta días del primer pago. h) Las cargas Sociales (BPS) $ 512.868, serán abonadas a la Dinali en forma mensual de acuerdo a lo establecido en el literal a y a 1, siendo de $ 42.739.- I) Transferir la suma de $ 15.600 (total doce meses, 100%) en concepto de telefonía celular. DECIMO QUINTO: PRESUPUESTO PREVISTO. De acuerdo a lo establecido por la normativa vigente el salario de los operarios se regirá según el consejo de salario establecido que es el Grupo N° 19 sub grupo N° 06. Por lo tanto los aportes mensuales se transferirán según los siguientes parámetros: Salario base para cada operario será para jornadas de Lunes a Sábados de 6 horas diarias en un total de 36 horas semanales. No pudiendo realizar en ningún caso más de 36 horas semanales de labor. Se fija y se actualiza por consejo de salario Grupo N° 19 Subgrupo N° 06 Siendo el salario del operario a mayo del 2018 $ 17.521. Salario base para el Supervisor será para jornadas de Lunes a Sábados de 6 horas diarias en un total de 36 horas semanales. No pudiendo realizar en ningún caso más de 36 horas semanales de labor. Se fija y se actualiza por consejo de salario Grupo N° 19 Subgrupo N° 06 Siendo el salario del supervisor a mayo del 2018 $ 22.464. Mensualmente se abonaran los porcentajes correspondientes por concepto de: salario vacacional, aguinaldo, licencias y banco de seguros. Las partidas para herramientas, vestimenta, arrendamiento de vehículos, comunicación de los coordinadores, artículos de limpieza, artículos de farmacia y bolsas serán ajustadas por IPC semestralmente que se detalla en el Anexo junto a su importe respectivo. El convenio considerara hasta un 10% del total del convenio anual para cubrir gastos imprevistos que no estén considerados en los ítems anteriores. En cuanto a la partida por presentismo será de un 10% para los operarios y de un 10% para el supervisor, teniéndose presente que la misma se considera como presentismo al cero (0) falta en asistencia a la tarea diaria. DECIMO SEXTO: CESE: Los contratos de trabajo podrán ser rescindidas por las siguientes causales: a) notoria mala conducta, b) bajo rendimiento, c) no adaptación en el trabajo, d) reiteradas llegadas tarde y más de 5 inasistencias sin justificar en el trimestre, o por aplicación de las cláusulas del contrato de trabajo, e) violación de las reglas de seguridad laboral o higiene del trabajo u otras causas que lo ameriten, el Municipio podrá solicitar la sustitución del trabajador que a su juicio no cumpla a satisfacción con sus tareas o haya incurrido en alguna de las faltas mencionadas, siempre comunicándolo a la DINALI.----------DECIMO SEPTIMO: RESCISIÓN: El presente convenio podrá ser rescindido de común acuerdo entre las partes, en cualquier momento o en forma unilateral, mediando un preaviso de 45 días dirigido a los domicilios constituidos en el presente, por telegrama colacionado, carta certificada con aviso de retorno o cualquier otro medio legal idóneo. DECIMO OCTAVO: MORA Las partes caerán en mora de pleno derecho y sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, por la sola omisión o ejecución de cualquier acto contrario a lo estipulado o por el solo vencimiento de los plazos acordados para el cumplimiento de cada obligación. DECIMO NOVENO: APORTES: Mensualmente la DINALI presentara las planillas de aportes realizados al BPS, para control del Municipio. No se dará trámite a ningún pago por parte del MUNICIPIO si la DINALI hubiera lncumplido con lo establecido en este artículo. VIGESIMO: PLAZO: El presente acuerdo tendrá una duración de 1 año, pudiendo ser renovado por acuerdo de ambas partes por igual periodo. Se trata de un convenio con un año de duración donde se podrá acceder a un segundo año de trabajo en caso que los operarios cuenten con una evaluación favorable del Municipio CH. A tal efecto se efectuará seguimiento y evaluación de las actividades por parte del Municipio CH a fin de verificar el cumplimiento de la propuesta. La evaluación que resulte del mismo, se tomará como insumo para la calificación a efectos de la renovación. VIGESIMO PRIMERO: DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios en los declarados como suyos en la comparecencia, donde toda comunicación, aviso o notificación que se realice sobre este convenio, se considerará válidamente efectuado, si se realiza mediante Telegrama Colacionado, así como cualquier otra forma idónea de notificación. Para constancia se firma en dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.
      4.-Remítase por su orden a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación y al Departamento de Secretaría General a los efectos de proseguir las actuaciones.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal